Novedades de la nueva Ley Hipotecaria
En Artalejo Abogados os queremos hablar hoy de las Novedades de la nueva Ley Hipotecaria. Entra en vigor esta semana del 17 de junio, y son muchas las restricciones que se incluyen en esta norma que regulará el mercado hipotecario y la compra/venta de viviendas de ahora en adelante en nuestro país.
Las Novedades de la nueva Ley Hipotecaria se pueden resumir en:
- El endurecimiento de los requisitos para que la entidad realice un desahucio –el impago de 12 cuotas en la primera mitad del préstamo y 15 cuando ya se ha cumplido la mitad.
- Una “doble cita con el Notario”, ELEGIDO POR EL CLIENTE, que garantizará la información completa y clara de los término incluidos en el contrato hipotecario. En un primer encuentro, el notario aclarará todas las dudas y se asegurará de que los solicitantes del préstamo entienden todos los términos y condiciones. En una segunda cita, se realizará la lectura y firma.
- Gastos del crédito hipotecario: El solicitante sólo tendrá que abonar los GASTOS DE TASACIÓN del inmueble, mientras que el banco correrá con los gastos de gestoría, registro de la propiedad, etc. El banco tendrá que presentar la PROPUESTA en un documento estandarizado (Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), y las condiciones del préstamo (como el tipo de interés variable y una simulación de su posible evolución) en otro documento, la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE).
- Las LIMITACIONES EN LAS COMISIONES POR AMORTIZACIÓN TOTAL O PARCIAL. Será como máximo del 0,15% del capital reembolsado anticipadamente en los cinco primeros años y del 0,25% durante los tres primeros años en las HIPOTECAS DE INTERÉS VARIABLE y del 2% los 10 primeros años, y 1,5% después de este período en los años sucesivos en las HIPOTECAS DE INTERÉS FIJO.
- Quedan prohibidas las CLÁUSULAS ABUSIVAS (cláusulas suelo, dobles garantías…), así como la OBLIGACIÓN DE SUSCRIBIR OTROS PRODUCTOS BANCARIOS (seguro, tarjetas, pólizas…).
- Se estudiará detenidamente la VIDA LABORAL y los INGRESOS de los solicitantes del préstamo, incluso las percepciones durante la jubilación si el préstamo hipotecario se prolonga hasta esta etapa.
Con esta Nueva Ley Hipotecaria, se pretenden garantizar los derechos de ambas partes (solicitante y entidad bancaria). Por un lado, el cliente tendrá un AMPLIO CONOCIMIENTO de toda la operación, ya que el NOTARIO se convierte en una figura garante de esta información (y esto no supondrá un incremento en el coste de sus servicios), y no podrá hacer NINGUNA RECLAMACIÓN posterior a la entidad bancaria por este motivo.
Sin embargo, no se contempla la DACIÓN EN PAGO. Los controles para la concesión de hipotecas aumentan, por lo que siempre se intentará garantizar que el pago del préstamo hipotecario de complete y evitar situaciones de desahucio, impagos, etc.
En Artalejo Abogados te hemos hablado de las Novedades de la Nueva Ley Hipotecaria. Si tienes dudas o quieres consultarnos cualquier situación de reclamación en hipotecas anteriores a esta nueva ley (cláusulas suelo, reclamaciones por gastos bancarios, reclamaciones ibi negativo…), estaremos encantados de poder ayudarte.
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