Qué es la cancelación registral de una hipoteca
En nuestro blog de Artalejo Abogados, hoy os aclaramos Qué es la cancelación registral de una hipoteca, un trámite que puede condicionaros a la hora de vender nuestra vivienda.
Saber Qué es la cancelación registral de una hipoteca, al igual que conocer algunos de los trámites administrativos que nos afectan como ciudadanos, puede ser decisivo a la hora de ahorrarnos disgustos, tiempo…¡¡y dinero!!
La cancelación registral de una hipoteca puede realizarse sólo cuando el importe total de la hipoteca de un inmueble (local o vivienda) se ha satisfecho. Se puede realizar de forma voluntaria (de forma proactiva por los titulares del inmueble), o de forma automática, cuando han transcurrido 20 años desde la finalización del pago de las cuotas de dicho crédito.
Si…ya sabemos lo que estás pensando. “Pero si yo ya he pagado toda mi hipoteca… ¿por qué tengo que hacer esto?
La cancelación registral no es obligaría (de hecho, a los 20 años automáticamente aparecerá en el Registro de la Propiedad). Pero, si estás pensando en vender el inmueble, o utilizar sus escrituras como garantía para cualquier otro tipo de crédito (personal, hipotecario o aval), estás obligado a realizarla.
Para llevarla a cabo, necesitarás un documento que te expedirá el banco con el que se contrajo la deuda en su día, y que están obligados por el Banco de España a facilitar de forma gratuita. Además, el responsable de la entidad bancaria ha de firmar ante notario que existe una deuda 0 con la entidad (sólo deberás abonar el gasto de la notaría).
Por último, tendrás que acudir al Registro de la Propiedad de tu ciudad para que se realice el correspondiente asiento, abonando las tasas pertinentes.
En Artalejo Abogados te aclaramos Qué es la cancelación registral de una hipoteca, así como otros muchos términos empleados en el lenguaje jurídico. Cualquier duda o aclaración que necesites, estaremos encantados de poder ayudarte.
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